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Regularización extraordinaria

¿Llevas tiempo en España sin papeles? Ahora puedes regularizarte.  En este artículo te explicamos los requisitos. ¿Quién puede solicitarla? 1. Personas extranjeras que: Estuvieran en España antes del 1 de enero de 2026 . Sean mayores de edad . Estén en España en el momento de solicitarla. No tengan permiso de residencia o estancia ni estén tramitando uno. No hayan tenido protección temporal por Ucrania. No tengan antecedentes penales (o estén cancelados antes de ser resuelta la solicitud).  No supongan riesgo para la seguridad o salud pública. La existencia de antecedentes en el informe policial no supondrá, por sí misma y de forma automática, causa de denegación de la autorización. No tengan prohibida la entrada en España. Hayan pagado la tasa. Hayan vivido en España al menos 5 meses seguidos antes de solicitarla . 2. Además, para la concesión de la autorización, deberán acreditar el cumplimiento de al menos uno de los siguientes requisitos: a) Haber tra...

¿Quiere venir a residir a España sin trabajar? Es posible con el permiso de residencia temporal no lucrativo

¿Puedo ir a vivir a España sin trabajo y sin cursar estudios? Sí, un extranjero con un nivel adquisitivo alto, que cumpla con los requisitos comunes para todos los permisos, puede venir a vivir en España sin trabajar. Abogados expertos en extranjería e inmigración www.extranjeria-alicante.es      info@extranjeria-alicante.es +34   966 141 354 El permiso de residencia temporal no lucrativo es un permiso de residencia temporal , en todo caso, de duración superior a 90 días, ya que si desea  venir para un fin distinto a residir y por no más de 90 días por semestre, nos encontramos en una situación de estancia y es suficiente con la obtención de un visado. Para la concesión de una autorización inicial de residencia temporal sin realizar actividades laborales o profesionales, así como del correspondiente visado, el extranjero solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos : a) No encontrarse irregularmente en territorio español. b) ...

La honestidad es un regalo muy caro. No lo espere de gente barata.

Le voy a explicar por qué cobro la primera consulta, que son 50 euros y tiene una duración de 30 minutos y por qué Ud., si quiere asesoramiento de calidad, no puede conformarse con hablar por teléfono con varios abogados.  Cobro la primera consulta por varios motivos, los tres principales:  Funciona como filtro, quien no quiere pagar 50 euros tampoco va a estar dispuesto a pagar mis honorarios.  Es una manera de saber cuándo el cliente está verdaderamente comprometido con su asunto. Espero que mis clientes se tomen su asunto tan en serio como yo y sean exigentes tanto con la atención recibida (puntualidad, trato exquisito, comunicación, etc.) como con mi trabajo y los resultados que ofrezco.  Ofrezco un asesoramiento exhaustivo y de calidad que, desde luego, no es gratis. No asesoro con ligereza sino que me intereso en conocer cuál es verdaderamente la problemática. Mi trabajo va más allá de esos 30 minutos que estoy sentada frente a Ud., conociendo sus ci...

Condenada una madre y el colegio a indemnizar con 9000 euros a una víctima de acoso escolar

El acoso escolar se paga  Tenía ganas de escribir sobre el acoso escolar, pues es una lacra que tiene poca visibilización, que incluso a veces se toma por normal, y quienes lo sufren generalmente lo hacen en silencio. No sólo lo sufren los niños sino que también alcanza a los padres, quienes se involucran y lo padecen en sus propias carnes (generalmente, los padres de la víctima) y otros, en cambio, alimentan ese odio y generan más episodios de violencia (el acosador suele comportarse de manera violenta porque lo aprende en casa, aunque habrá casos en los que los padres desconozcan el comportamiento de su hijo). Olga Hidalgo   Abogada penalista, HIDALGO&ARTERO ABOGADOS Follow @olgahidalgoes Por razones de extensión me voy a limitar a comentar una sentencia civil* por la que se condena a indemnizar a la víctima y se impone una indemnización de 9.000 € a la madre de la niña acosadora y al centro escolar donde ocurrieron los hechos . Como suelo decir, no todo es p...

Familia extensa de ciudadano comunitario. ¿Es Ud. español y quiere traer a España a su novio/a o a un familiar extranjero?

Familia extensa de ciudadano comunitario El Real Decreto 987/2015 , de 30 de octubre (modificó el Real Decreto 240/2007) introduce un nuevo artículo 2 bis en el que se amplían los supuestos de familiares o parejas de ciudadanos españoles y comunitarios que pueden solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión (en adelante, TFUE). Nos estamos refiriendo a la familia extensa : pareja (basta con ser pareja estable, aunque no estén casados o no sean pareja de hecho), hermanos, nietos, abuelos, tíos y primos. Siga leyendo:  http://blog.extranjeria-alicante.es/2017/02/familia-extensa-de-ciudadano.html Abogados expertos en extranjería e inmigración www.extranjeria-alicante.es      info@extranjeria-alicante.es +34   966 141 354

Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión

Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Aplicación del régimen comunitario a familiares extracomunitarios de españoles.  www.extranjeria-alicante.es ¿Qué es la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión?  Es una autorización de residencia que se concede a los familiares que acompañen o se reúnan con un ciudadano de la Unión, de otro Estado parte del EEE o Suiza*, con derecho a residencia por un período superior a tres meses , por ser trabajador por cuenta ajena o propia, tener seguro de enfermedad y medios económicos suficientes para la unidad familiar, o ser estudiante con seguro de enfermedad y recursos suficientes para la unidad familiar. El ciudadano de la Unión , del AEEE o de Suiza al que acompañe el familiar no comunitario, debe cumplir una de las siguientes condiciones:  a) Ser trabajador por cuenta ajena en España. b) Ser trabajador por cuenta propia en España.  c) Disponer para sí y los miembros de...

Motivos más comunes de denegación de la nacionalidad española y posibles soluciones

En esta entrada vamos a ver  cuáles son los motivos más habituales de denegación de la nacionalidad española  y si ante esa denegación es conveniente presentar un recurso o, por el contrario, presentar un nuevo expediente de nacionalidad. Abogados expertos en extranjería e inmigración www.extranjeria-alicante.es      info@extranjeria-alicante.es +34   966 141 354 1. Tener antecedentes penales en España o en su país de origen.  En mi despacho nos aseguramos desde un primer momento de que el cliente que quiere solicitar la nacionalidad carece de antecedentes penales, de lo contrario no iniciamos el expediente porque perdería su tiempo y dinero, pues uno de los requisitos sine qua non  para la obtención de la nacionalidad española es carecer de antecedentes penales. Si esta es la causa de denegación de su expediente no recomiendo presentar un recurso porque lo volverán a denegar. Lo que hay que hacer es  cancelar los antec...

Visados. Información básica que necesita saber un extranjero para entrar en España

En este artículo encontrará información útil sobre la entrada de extranjeros en España y la necesidad de obtener un visado que le habilite a tal efecto (requisitos para entrar en España, clases de visados, efectos de la denegación del visado, etc.). www.extranjeria-alicante.es ¿Necesito un visado para entrar a España? El visado es el título administrativo que, como regla general, exigen los Estados a los extranjeros que deseen entrar en su territorio.  Para entrar en España debe contar con un visado válidamente expedido y en vigor, extendido en el pasaporte o documento de viaje o, en su caso, en documento aparte. El visado no es exigible en el caso de que los convenios internacionales suscritos por España o su legislación interna establezca lo contrario (por ej., los ciudadanos de la UE no precisan la obtención del visado de ningún otro país miembro distinto del de origen para entrar en su territorio*). En el  REGLAMENTO (CE) nº 539/2001 DEL CONSEJO d...

Certificado de antecedentes penales en España

¿Cómo solicitar el certificado de antecedentes penales en España? Pueden exigirle para determinados trámites de extranjería el certificado de antecedentes penales español . Se trata de un certificado que permite acreditar la carencia o existencia de antecedentes penales. Lo puede solicitar cualquier persona mayor de edad: En la sede electrónica del Ministerio de Justicia . De manera presencial (la ventaja es que normalmente el certificado se expide en el momento) o por correo ordinario (emitirán del mismo modo el certificado). En estos dos últimos casos se debe: Cumplimentar el formulario. Lo puede descargar de Internet ( Modelo 790 ) o recogerlo de las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia y en Madrid, en la Oficina de Atención al Ciudadano . Si lo solicita para Ud., tendrá que aportar su DNI, tarjeta de residencia, pasaporte, carnet de conducir o documento de identificación comunitario equivalente en vigor (originales). Si lo solicita por correo sustituya los...

Nuevo artículo en Iuris&lex: responsabilidad de la entidad financiera por no garantizar los anticipos para la compra de vivienda

Inmobiliario | Compraventa de vivienda   He tenido el placer de escribir para la revista Iuris&lex, de elEconomista.es . En la página 74 pueden leer mi artículo sobre la  responsabilidad de la entidad bancaria por incumplimiento del deber de garantizar las cantidades entregadas a cuenta para la compra de vivienda sobre plano o en construcción . El promotor de toda clase de viviendas debe garantizar las cantidades entregadas por los compradores, obligación de la que se hace partícipe a la entidad bancaria, la cual ha de supervisar y exigir una garantía al promotor (seguro o aval) para recibir las cantidades de los compradores en su entidad. De no hacerlo, se convierte responde de su devolución si el promotor es insolvente o ha desaparecido. Por lo tanto, esta es una vía para recuperar el dinero de los compradores ante la insolvencia del promotor que ni entrega la vivienda ni devuelve las cantidades anticipadas a los compradores . En el artículo también ponemos s...

Capítulo 1. La vida no es como nos contaron que sería.

Capítulo 1. La vida no es como nos contaron que sería. Jueves, 12 de octubre de 2017. Cariño, la vida no es como nos contaron que sería: creces jugando, estudias sin preocupaciones, consigues con ilusión tu primer contrato de trabajo, con el tiempo éste se convierte en indefinido y ocupas un puesto mejor en la empresa, te enamoras de alguien, transformas el amor en un contrato indefinido, o sea, te casas –puede que la pasión desaparezca de entre las cláusulas-, tienes hijos y te mueres. Crecer jugando es lo que deberían hacer todos los niños; pero a veces no hay dinero para juguetes o no tienes nadie con quién jugar porque los mayores están intentando ya no llegar a fin de mes, que no llegan, sino juntar cuatro pesetas para poder ir a comprar una barra de pan y hacer unas lentejas. Gracias a tener un solo juguete –que aún recuerdo, era un abecedario electrónico- y un libro que heredé de mis hermanas mayores aprendí a leer con cuatro años, supongo que no hay mal que por bie...