¿Llevas tiempo en España sin papeles? Ahora puedes regularizarte. En este artículo te explicamos los requisitos. ¿Quién puede solicitarla? 1. Personas extranjeras que: Estuvieran en España antes del 1 de enero de 2026 . Sean mayores de edad . Estén en España en el momento de solicitarla. No tengan permiso de residencia o estancia ni estén tramitando uno. No hayan tenido protección temporal por Ucrania. No tengan antecedentes penales (o estén cancelados antes de ser resuelta la solicitud). No supongan riesgo para la seguridad o salud pública. La existencia de antecedentes en el informe policial no supondrá, por sí misma y de forma automática, causa de denegación de la autorización. No tengan prohibida la entrada en España. Hayan pagado la tasa. Hayan vivido en España al menos 5 meses seguidos antes de solicitarla . 2. Además, para la concesión de la autorización, deberán acreditar el cumplimiento de al menos uno de los siguientes requisitos: a) Haber tra...
Residencia de carácter permanente: certificado y tarjeta de residencia permanente para ciudadanos comunitarios y sus familiares
Abogados expertos en extranjería e inmigración www.extranjeria-alicante.es info@extranjeria-alicante.es +34 966 141 354 Este artículo va dirigido a ciudadanos comunitarios que tengan su certificado de registro de ciudadano de la Unión y a sus familiares comunitarios o extranjeros , estos últimos titulares de una tarjeta de familiar de ciudadano comunitario. No pueden olvidarse de sus obligaciones administrativas de por vida al obtener el certificado o dicha tarjeta, ya que transcurridos cinco años tendrán que solicitar el certificado de residencia permanente y la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE . Siga leyendo: http://blog.extranjeria-alicante.es/2017/02/residencia-de-caracter-permanente-comunitarios.html