Como se enteren de que a partir del 1 de julio de 2015 insultar no será castigado...
La despenalización de la falta de injurias Con la reforma del Código Penal que entrará en vigor el próximo 1 de julio desaparece la falta de injurias. Se modifica el artículo 208 (tipifica el delito de injurias) que pasa a tener la siguiente redacción: "Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 173 [1]". Es decir, desaparecerá la injuria leve, que se enjuicia a fecha de este post y hasta el 1 de julio mediante juicio de faltas, a excepción de los supuestos de violencia sobre la mujer y violencia familiar [1]. Lo que implica que si usted se siente injuriado por su vecino, un amigo o su jefe, su gozo caerá en un pozo, a no ser que se trate de injurias graves y, en tal ...