¿Llevas tiempo en España sin papeles? Ahora puedes regularizarte. En este artículo te explicamos los requisitos. ¿Quién puede solicitarla? 1. Personas extranjeras que: Estuvieran en España antes del 1 de enero de 2026 . Sean mayores de edad . Estén en España en el momento de solicitarla. No tengan permiso de residencia o estancia ni estén tramitando uno. No hayan tenido protección temporal por Ucrania. No tengan antecedentes penales (o estén cancelados antes de ser resuelta la solicitud). No supongan riesgo para la seguridad o salud pública. La existencia de antecedentes en el informe policial no supondrá, por sí misma y de forma automática, causa de denegación de la autorización. No tengan prohibida la entrada en España. Hayan pagado la tasa. Hayan vivido en España al menos 5 meses seguidos antes de solicitarla . 2. Además, para la concesión de la autorización, deberán acreditar el cumplimiento de al menos uno de los siguientes requisitos: a) Haber tra...
Llevamos años viendo cómo miles de venezolanos en España renovaban año tras año su permiso de residencia por razones humanitarias, sin posibilidad de dar el salto a una situación más estable. Eso acaba de cambiar. El pasado 14 de abril, el Consejo de Ministros aprobó la Reforma del Reglamento de Extranjería, y una de sus novedades más relevantes afecta precisamente a este colectivo. El problema de fondo El antiguo Reglamento impedía modificar este tipo de permiso. Solo se podía renovar, indefinidamente, sin acceder a residencias de mayor duración ni a la larga duración. Una trampa administrativa que mantenía a muchas personas en una situación de incertidumbre constante. Qué abre la reforma A partir del 16 de abril de 2026, los titulares de permisos de razones humanitarias pueden modificar su autorización hacia figuras más sólidas. A grandes rasgos: Con 6 meses cotizados y contrato (o demandante de empleo): modificación a residencia por 2 años, renovable por 4. Con 5 tarjet...